Por Resolución de 1 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se autorizaron las instalaciones electromecánicas, se aprobó el proyecto de ejecución y se reconoció la condición de instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica del parque eólico Paradela, emplazado en el ayuntamiento de Paradela de esta provincia, promovido por la sociedad Paravento, S.L. (DOG núm. 190, de 28 de septiembre). A solicitud de la empresa, de 6 de julio de 2017, mediante Resolución de 1 de agosto de 2018, de la Dirección General de Energía y Minas, se aprobó la modificación de la autorización administrativa de construcción para el proyecto técnico de dicho parque eólico y, posteriormente, por Resolución de 17 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Energía y Minas, se hizo público el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 13 de diciembre de 2018, por el que se declara la utilidad pública, en concreto, así como la prevalencia con diversos aprovechamientos forestales, de la instalación eólica mencionada (DOG núm. 6, de 9 de enero de 2019).
Esa declaración de utilidad pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de expropiación forzosa.
Por razón de lo expuesto, esta jefatura territorial, en cumplimiento de lo dispuesto en dicho artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados, con los cuales no se ha llegado a un acuerdo y que se relacionan en el anexo, para que comparezcan el próximo día 25 de febrero de 2019 en el ayuntamiento de Paradela, como punto de reunión, para llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiéndose acompañar de sus peritos y un notario, si lo estiman oportuno, con gastos a su costa.
Asimismo, se advierte a todos los interesados afectados que podrán formular alegaciones por escrito en esta jefatura territorial (ronda de la Muralla 70, 27071 Lugo) hasta el momento del levantamiento de las actas previas, a los únicos efectos de rectificar posibles errores en la relación de bienes y derechos afectados (artículo 56.2 del reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa).
De esta convocatoria se dará traslado a cada interesado mediante la oportuna citación individual, en la que se le señalará día y hora para el levantamiento de actas previas. Esta publicación se realiza igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación.
En el expediente expropiatorio Paravento, S.L., asumirá la condición de beneficiaria.
Lugo, 21 de enero de 2019
Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo