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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Martes, 29 de enero de 2019 Pág. 5572

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (PO 508/2016).

Juzgado de lo Social número 4 de refuerzo de A Coruña

PO Procedimiento ordinario 508/2016

Procedimiento origen: PO /2016

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 508/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Antonio Pereiro Bellón contra Panadería Xandías, S.L. y Fogasa sobre ordinario, se ha dictado sentencia en fecha 4 de enero de 2019, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Lara Munín Sánchez, jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 4 de refuerzo de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre cantidades, a instancia de don José Antonio Pereiro Bellón, que comparece representado por el letrado Sr. Pousa Meréns, contra la empresa Panadería Xandías, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, ha dictado la siguiente

Parte dispositiva.

Que estimando la demanda interpuesta por José Antonio Pereiro Bellón contra la empresa Panadería Xandías, S.L., la condeno a que le abone la cantidad de cuatro mil ochocientos treinta y ocho euros y cincuenta y seis céntimos (4.838,56 €), incluido ya el interés por mora del 10 %.

Asimismo, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la oficina judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Panadería Xandías, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 4 de enero de 2019

La letrada de la Administración de justicia