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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Martes, 8 de enero de 2019 Pág. 867

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 19 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2019.

BDNS (Identif.). 431273.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Se podrán acoger a estas ayudas:

a) Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas del tipo de ganado bovino, ovino, caprino, porcino de raza celta y equino que figuren incluidas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (Rega) de Galicia.

b) Las personas físicas o jurídicas que ejercen la actividad agraria y estén inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga).

c) Las personas titulares de explotaciones agrarias destinadas al autoconsumo.

Segundo. Objeto

Reducir los ataques de las especies de fauna silvestre (lobo y jabalí), a las explotaciones agrícolas y/o ganaderas, mediante la aplicación de medidas de protección.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 19 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2019.

Cuarto. Cuantía

Importe total de la convocatoria: 300.000 €. Se destina un importe de 200.000 € para las medidas de prevención de daños a la ganadería y de 100.000 € para las medidas de prevención de daños a la agricultura. Se subvencionará la adquisición de:

1. Perros para la protección y defensa del ganado, hasta un importe máximo de 500 € por perro.

2. Adquisición de pastores eléctricos. La cuantía máxima de la ayuda por explotación es de 600 €.

3. Adquisición de vallados fijos electrificados. El importe máximo de la ayuda será de 3,00 € por metro lineal hasta un máximo de 1.500 € por vallado.

4. Vallados fijos con malla ganadera o cinegética metálica. La cuantía máxima de la ayuda será de 3,70 € por metro lineal hasta un máximo de 3.700 € por vallado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes, contado a partir de la fecha de entrada en vigor de la orden.

Santiago de Compostela, 19 de diciembre de 2018

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda