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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 3 Viernes, 4 de enero de 2019 Pág. 495

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2018, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo convocado por la Orden de 12 de abril de 2016 para el ingreso en el cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de ingenieros, especialidad de ingeniería industrial, por la que se da publicidad a diversos acuerdos.

En sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2018, el tribunal nombrado por la Orden de la Consellería de Hacienda de 5 de marzo de 2018 (DOG núm. 54, de 16 de marzo) para calificar el proceso selectivo que fue convocado mediante la Orden de 12 de abril de 2016 para el ingreso en el cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de ingenieros, especialidad de ingeniería industrial, adoptó por unanimidad los siguientes

ACUERDOS:

Primero. Según lo dispuesto en la base II.1.1.4 de la convocatoria, se convoca a José Manuel Amor Blanco, con DNI *043M, que no acreditó en plazo poseer el Celga 4 o el equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (publicada en el DOG núm. 146, de 30 de julio), para la realización del cuarto ejercicio del proceso selectivo que se celebrará el día 10 de enero de 2019, en la sala D del Edificio Administrativo de San Caetano, en Santiago de Compostela, en llamamiento único que se iniciará a las 10.30 horas.

El aspirante deberá ir provisto de DNI o de documento fehaciente que a juicio del tribunal acredite su identidad, y de bolígrafo de tinta azul.

No se permitirá el acceso al lugar en el que se realice el ejercicio con teléfonos móviles, relojes inteligentes, agendas electrónicas o cualquier otro instrumento del que se pueda valer el aspirante para auxiliarse en la realización del ejercicio. No se habilitará ningún servicio de recogida de móviles.

Segundo. Desestimar las reclamaciones presentadas en relación con las puntuaciones del tercer ejercicio de la fase de oposición.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública en los términos previstos en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de outubro, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2018

Camilo José Carrillo González
Presidente del tribunal