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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Miércoles, 2 de enero de 2019 Pág. 181

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 230/2018).

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos juidiciales 230/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jazmín Elizabeth Pinargote Cedeño contra Catering García, S.L. y Fogasa, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Decreto.

Letrada de la Administración de justicia, Susana Varela Amboage.

Santiago de Compostela, 29 de noviembre de 2018.

Parte dispositiva.

Acuerdo:

1º. Declarar embargado el sobrante que pueda existir en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 252/2017 en el Juzgado Social número 3 de Santiago de Compostela, seguido frente a Catering García, S.L. y hasta el importe total de 2.684,07 euros de principal y 268,40 euros en concepto provisional de intereses y costas.

Líbrese exhorto dirigido al procedimiento de ejecución 252/2017 a fin de que se retenga y transfiera a la cuenta expediente nº 1589 0000 64 0230 18 el sobrante que pueda existir hasta alcanzar la cantidad por la que se ha despachado ejecución en el presente procedimiento.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la LJS).

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta nº ... del..., debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Catering García, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia