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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Viernes, 28 de diciembre de 2018 Pág. 54459

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (881/2017).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 881/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Flores de Rus contra Limpintegra XXI, S.L., Mantelnor Limpiezas, S.L. con intervención del Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: reclamación de cantidad número 881/2017.

Demandante: María Flores de Rus.

Letrado: Sra. García Pombo.

Demandados:

Limpintegra XXI, S.L.

Mantelnor Limpiezas, S.L.

Letrado: Sra. Rey López.

Fogasa.

Sentencia número 450/18.

Estimo parcialmente la demanda formulada por María Flores de Rus frente a Limpintegra XXI, S.L. y, en consecuencia, condeno a ésta a abonar a la primera la suma de 693,03 euros brutos en concepto de deuda salarial así como el interés del artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores (ET) con absolución de la codemandada Mantelnor Limpieza, S.L.

Se imponen a Limpintegra XXI, S.L. las costas de este procedimiento por no haber comparecido sin causa justificada alguna a este juicio ni al acto conciliatorio, con el límite de 600 euros e incluidos honorarios de la defensa de la parte actora, al coincidir esencialmente lo resuelto en esta sentencia dictada con lo peticionado en la papeleta conciliatoria y demanda por la parte actora.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella no cabe recurso alguno.

Así lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Limpintegra XXI, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 21 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia