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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Jueves, 27 de diciembre de 2018 Pág. 53859

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

EXTRACTO de la Orden de 14 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones en materia de residuos de competencia municipal, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el año 2019, tramitadas como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento MT975I).

BDNS (Identif.): 429954.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Entidades locales municipales y supramunicipales y agrupaciones de entidades locales de Galicia, de conformidad con las competencias que le correspondan en materia de gestión de residuos.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas, por el procedimiento de concurrencia competitiva, a entidades locales municipales y supramunicipales y agrupación de entidades locales para la financiación de actuaciones en materia de residuos de competencia municipal.

Serán subvencionables:

a) Línea I: implantación de puntos limpios móviles.

Serán subvencionables los proyectos para la implantación de puntos limpios móviles, destinados a la gestión de residuos especiales de competencia municipal, con la finalidad de favorecer su adecuada recogida, clasificación y preparación para la reutilización.

b) Línea II: proyectos de nueva implantación de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales.

Serán subvencionables las actuaciones que tengan como objetivo la nueva implantación de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos de las entidades locales que actualmente no estén realizando este tipo de recogida diferenciada, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de los objetivos en materia de reciclaje de los biorresiduos.

Podrán ser objeto de financiación para esta convocatoria las actuaciones que se realicen entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2019, no siendo subvencionables aquellos proyectos concluidos materialmente en la fecha de presentación de la solicitud.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 14 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales de Galicia para la financiación de actuaciones en materia de residuos de competencia municipal, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el año 2019, tramitadas como expediente anticipado de gasto (código de procedimiento MT975I).

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 1.286.570 euros, con la siguiente distribución:

a) Importe máximo de la línea de ayuda I (implantación de puntos limpios móviles): 900.599 euros (70 %).

b) Importe máximo de la línea de ayuda II (proyectos de nueva implantación de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales): 385.971 euros (30 %).

Las actuaciones están cofinanciadas en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

La cuantía de las ayudas será la siguiente:

a) Línea I. Implantación de puntos limpios móviles: un 80 % de los costes totales subvencionables salvo en el caso de que, en base a lo establecido en el artículo 14 de las bases, el solicitante asuma una aportación superior al 20 % del coste subvencionable del proyecto. El importe máximo de la subvención alcanzada no podrá superar los 40.000 euros. No obstante, la misma podrá ampliarse en el caso de solicitudes presentadas conjuntamente por más de una entidad local en 5.000 euros más por cada entidad participante hasta un máximo de 60.000 euros.

b) Línea II. Proyectos de nueva implantación de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales: un 80 % de los costes totales subvencionables salvo en el caso de que, en base a lo establecido en el artículo 14 de las bases, el solicitante asuma una aportación superior al 20 % del coste subvencionable del proyecto. El importe máximo de la subvención alcanzada no podrá superar los 40.000 euros. No obstante, la misma podrá ampliarse en el caso de solicitudes presentadas conjuntamente por más de una entidad local en 5.000 euros más por cada entidad participante hasta un máximo de 60.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es

Santiago de Compostela, 14 de diciembre de 2018

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda