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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Viernes, 21 de diciembre de 2018 Pág. 53372

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (PO 11/2016).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procecimiento ordinario 11/2016 de este juzgado de lo social, contra las empresas Transportes Logísticos Pocomaco, S.L. y Transportes Javier García Santos, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia.

A Coruña, 22 de noviembre de 2018.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 11/2016, siendo parte en el mismo, de un lado, como demandante, Germán Pablo Sar Noce, representado por el letrado Daniel Pérez López y como demandados Transportes Logísticos Pocomaco, S.L., Transportes Javier García Santos, S.L. y el Fogasa, que no comparecen, sobre reclamación de cantidad, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:

Antecedentes de hecho.

Primero. Por la parte demandante se presentó demanda que por turno correspondió a este Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, en la que, tras exponer los hechos y alegar los fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminaba suplicando que se dictase sentencia conforme a lo pedido.

Segundo. Admitida a trámite dicha demanda, se señaló la celebración del acto de juicio y el mismo se celebró en la fecha señalada en todas sus fases, con el resultado que consta en el acta redactada al efecto y que quedó debidamente grabado en el correspondiente soporte CD. Una vez concluso el acto del juicio, quedaron los autos vistos para dictar sentencia.

Tercero. En la tramitación de los presentes autos se han observado las normas legales de procedimiento.

Fallo.

Que, estimando la demanda interpuesta por el actor Germán Pablo Sar Noce, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Transportes Logísticos Pocomaco, S.L. a que abone al actor la cantidad de 13.856,97 euros por los conceptos reclamados en demanda.

Se aprueba el desistimiento respecto de Transportes Javier García Santos, S.L.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y, en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad.

E, igualmente, deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Transportes Logísticos Pocomaco, S.L. y Transportes Javier García Santos, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 28 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia