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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Martes, 18 de diciembre de 2018 Pág. 52818

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2018, del Servicio Provincial de Pontevedra, por la que se señala la fecha para el levantamiento de las actas previas a la ocupación, por el trámite de urgencia, para la expropiación de bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del itinerario peatonal y ciclista en la PO-549, tramo Tarrío-Cores (p.k. 6+200-7+200), ayuntamiento de Vilanova de Arousa, clave PO/16/101.06.

El artículo 28 del vigente Estatuto de autonomía de Galicia establece en su apartado 2 la competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia en el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en materia de expropiación forzosa.

El 12 de septiembre de 2018 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción de itinerario peatonal y ciclista en la PO-549, tramo Tarrío-Cores (p.k. 6+200-7+200), en el ayuntamiento de Vilanova de Arousa, clave PO/16/101.06.

Con fecha 27 de septiembre de 2018 la Xunta de Galicia procedió a la declaración de la utilidad pública y urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios a efectos de expropiación para la mencionada obra mediante el Decreto 129/2018, publicado en el DOG núm. 199, de 18 de octubre.

En su virtud y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la vigente Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y los artículos 56 y siguientes del reglamento para su aplicación, este servicio, en uso de las facultades que le confiere el artículo 98 de la mencionada ley, resolvió convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que comparezcan en el lugar, fecha y hora que se detallan a continuación, con el fin de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en las que se recogerán los datos necesarios para determinar los bienes y derechos afectados, y los perjuicios derivados de la rápida ocupación, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas si se considera necesario.

Ayuntamiento de Vilanova de Arousa.

Local: Casa de la Cultura de San Miguel de Deiro.

Fecha: 5 de febrero de 2019, de 9.00 a 13.00 horas, desde la A hasta Morgade Paz, Joaquín.

Fecha: 6 de febrero de 2019, de 9.00 a 13.00 horas, desde Morgade Paz, Juventino hasta la Z.

La relación de titulares con los bienes y derechos afectados, así como los planos parcelarios correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento de Vilanova de Arousa y en el Servicio de la Delegación Provincial de Pontevedra de la Agencia Gallega de Infraestructuras, avenida Mª Victoria Moreno, nº 43-1º, 36003 Pontevedra.

A dicho acto deberán acudir los titulares afectados, personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, DNI y último recibo de la contribución, así como certificado de cuenta bancaria con códigos IBAN y BIC, a fin de proceder a los sucesivos pagos que sean procedentes mediante transferencia bancaria, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de sus peritos y notario.

Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de expropiación forzosa y del 56 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa, se abre información pública durante un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución y hasta el momento del levantamiento de las actas previas a la ocupación correspondiente, a fin de que los interesados puedan formular por escrito, ante este Servicio de la Delegación Provincial de Pontevedra, las alegaciones que estimen pertinentes a los efectos previstos en la regulación referida.

Conforme establece el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado servirá como notificación a los posibles interesados que no hayan podido ser identificados, a los titulares de bienes y derechos que sean desconocidos, a aquellos de los que se ignore su domicilio, o bien a quienes intentada su notificación, no se hubiese podido practicar.

Pontevedra, 3 de diciembre de 2018

Fausto Núñez Vilar
Jefe del Servicio Provincial de Pontevedra