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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Lunes, 3 de diciembre de 2018 Pág. 50975

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (977/2015).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 977/2015 a instancia de Camilo Francos Vigo contra la empresa Impresores de Galicia, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia el 5.11.2018 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por Camilo Francos Vigo frente a la empresa Impresores de Galicia, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia, se condena a la empresa Impresores de Galicia, S.L. a abonar al demandante la cantidad de once mil doscientos diecinueve euros con dieciocho céntimos de euro (11.219,18 euros).

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Impresores de Galicia, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 13 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia