Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Viernes, 30 de noviembre de 2018 Pág. 50775

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Lugo

EDICTO (421/2017).

Yo, Ana Rodríguez Puga, letrada de la Administración de justicia, por el presente anuncio:

Que en el procedimiento de divorcio contencioso 421/2017 de este juzgado se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

«En Lugo a 16 de enero de 2018.

Vistos por mí, Alberto Benéitez Antón, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de Lugo, los autos de procedimiento matrimonial contencioso número 421/2017, sobre divorcio, promovidos por José Antonio Gayoso Viana, representado por el procurador Sr. Vila Varela y asistido por el letrado Sr. González González, contra Dolores López Roibás, en rebeldía procesal, en virtud de las funciones conferidas por la Constitución y en nombre del rey dicto la presente:

Fallo que, debiendo estimar y estimando la demanda interpuesta por José Antonio Gayoso Viana contra Dolores López Roibás:

1º. Decreto la disolución por causa de divorcio del matrimonio contraído por las partes el día 27 de agosto de 1983, con los efectos generales legalmente previstos, indicados en el fundamento jurídico segundo, párrafo 1º, de esta sentencia.

2º. No ha lugar a la adopción de medidas reguladoras de las consecuencias familiares del divorcio decretado, por razón de inexistencia de hijos menores de los divorciados y falta de solicitud de ellas respecto de los demás aspectos legalmente prevenidos para ellas.

3º. Declaro no haber lugar a hacer especial imposición de las costas procesales a ninguna de las partes.

Firme que sea la presente resolución, en su caso, comuníquese a los registros civiles correspondientes a los efectos registrales oportunos.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Lugo, en el tiempo y forma previstos en el artículo 458 de la LEC.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Dolores López Roibas, se extiende el presente edicto para que sirva de notificación en forma, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Lugo, 2 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia