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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Martes, 27 de noviembre de 2018 Pág. 50275

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 225/2018).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 225/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Fernando Lueiro Barbazán contra Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A. y Fogasa, se han dictado las siguientes resoluciones cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Auto:

Magistrada jueza: Elena Calleja Curros.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2018.

Parte dispositiva:

Dispongo despachar orden general de ejecución de la Sentencia 264/2018, de 8 de junio de 2018, dictada en el procedimiento ordinario 19/2016 a favor de la parte ejecutante, Fernando Lueiro Barbazán, frente a Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A. y Fogasa, parte ejecutada, por importe de 2.793,66 euros en concepto de principal (2.229,31 euros en concepto de salarios y vacaciones no disfrutadas, 564,35 euros en concepto de intereses del artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores respecto de la cantidad anterior) más otros 279,36 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

La magistrada jueza La letrada de la Administración de justicia

Decreto:

Letrada de la Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2018.

Parte dispositiva:

Acuerdo, en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada Compañía de Proteccion y Vigilancia Galaica, S.A., dar audiencia previa a la parte actora, Fernando Lueiro Barbazán y al Fondo de Garantía Salarial, por el término de quince días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes; de su resultado se acordará lo procedente.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS).

La letrada de la Administración de justicia».

Para que sirva de notificación en legal forma a Compañía de Proteccion y Vigilancia Galaica, S.A., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia