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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Jueves, 22 de noviembre de 2018 Pág. 49801

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2018 por la que se modifica parcialmente la Resolución de 26 de septiembre de 2018 por la que se adjudican las ayudas del anexo I, modalidad A de la Orden de 30 de abril de 2018 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria.

La Orden de 30 de abril de 2018 (DOG núm. 98, de 24 de mayo), conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria a través de la Agencia Gallega de Innovación (en adelante, Gain), establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

Mediante la Resolución de 26 de septiembre de 2018 (DOG núm. 191, de 5 de octubre) se adjudican las ayudas de la modalidad A a las entidades que contraten a las personas seleccionadas para una plaza del Programa de apoyo a la etapa de formación posdoctoral que se relacionan en su anexo I.

El artículo 18 de la orden de convocatoria establece que en caso de que se produzca alguna renuncia u otra causa de extinción laboral, la entidad beneficiaria deberá comunicarla a la Secretaría General de Universidades o a la Gain (según sea el caso), y que se podrá adjudicar una nueva ayuda de acuerdo con la prelación señalada en la lista de espera, siempre y cuando la renuncia se produzca dentro del plazo de tres meses a partir de la fecha de publicación de la resolución de concesión.

En el mismo artículo también se indica que las renuncias solamente podrán ser cubiertas con las solicitudes de la lista de espera de la modalidad y del órgano instructor en que se produzcan y que la persona sustituta quedará sujeta a las mismas condiciones durante el tiempo de aprovechamiento de la ayuda. La competencia para adjudicar una nueva ayuda le corresponde a la persona titular de la Presidencia de la Gain en el caso de nuevas incorporaciones procedentes de la lista de espera de la Gain.

En consecuencia, atendiendo a las renuncias recibidas en la Gain,

RESUELVO:

Primero. Aceptar las renuncias presentadas en la modalidad A de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral que se indican a continuación:

Nº de expediente

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

NIF

Rama de conocimiento

Zona

1er año

Zona

2º año

Total

IN606B-2018/007

Misión Biológica de Galicia del CSIC

Samayoa

López

Luis Fernando

******77N

Ciencias

2

2

97,3

IN606B-2018/004

Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

Abella

Cajigal

Vanessa

******80A

Ciencias de la Salud

1

1

90,5

IN606B-2018/009

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

Almécija

Pereda

Clara

******41E

Ciencias

2

2

76,8

Segundo. De acuerdo con el artículo 18 de la orden de convocatoria, adjudicar las ayudas correspondientes a estas renuncias con las dos solicitudes incluidas en la lista de espera de la Gain:

Nº de expediente

Entidad

1er apellido

2º apellido

Nombre

NIF

Rama de conocimiento

Zona

1er año

Zona

2º año

Total

IN606B-2018/011

Fundación Profesor Novoa Santos

Álvarez

Fraga

Laura

******47D

Ciencias de la Salud

3

3

72,75

IN606B-2018/001

Misión Biológica de Galicia del CSIC

López

Villamor

Adrián

******32X

Ciencias

1

1

62,8

Tercero. Redistribuir el crédito destinado a la financiación de estas ayudas entre las entidades beneficiarias ajenas a las universidades del SUG, según las renuncias y las nuevas incorporaciones, tal como se indica en la siguiente tabla:

Modalidad A (Gain)

Aplicación presupuestaria

Entidades

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2018

2019

2020

2021

Total

09.A3.561A.403.0

Instituto de Investigaciones Marinas del CSIC

1

3.366,67

43.174,66

35.827,56

36.311,11

118.680,00

09.A3.561A.403.0

Misión Biológica de Galicia del CSIC

1

0,00

33.290,00

36.180,00

41.890,00

111.360,00

09.A3.561A.480.0

Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela

1

3.366,67

43.500,00

42.822,22

36.311,11

126.000,00

09.A3.561A.480.0

Fundación Profesor Novoa Santos

2

3.366,67

89.366,66

92.722,22

79.344,45

264.800,00

Total

5

10.100,01

209.331,32

207.552,00

193.856,67

620.840,00

Cuarto. El día de comienzo de los contratos será el 1 de diciembre de 2018.

Quinto. Las entidades beneficiarias deberán remitir un escrito de aceptación a la Gain en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización de los correspondientes contratos.

Sexto. El artículo 14 de la orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes, adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

Séptimo. Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se presentara esta ante el órgano administrativo competente, éste requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Gain y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, segundo lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 9 de noviembre de 2018

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria
y presidente de la Agencia Gallega de Innovación