Yo, María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 665/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Julio Gómez Mato contra Seguridad y Planificación Galicia, S.L., Fogasa, administración concursal Seguridad y Planificación, sobre ordinario, se ha dictado sentencia con la siguiente parte dispositiva:
Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Julio Gómez Mato contra la entidad Seguridad y Planificación Galicia, S.L. y su administración concursal. En consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Seguridad y Planificación Galicia, S.L. a que abone al demandante la cantidad de 682,2 € brutos por diferencias del plus de peligrosidad, vestuario y transporte devengados entre junio de 2016 y junio de 2017, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.
Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Seguridad y Planificación Galicia, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 23 de octubre de 2018
La letrada de la Administración de justicia