El subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en sustitución del director, dictó, el 21 de agosto de 2018, resolución por la que se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 20.10.2016, por la que se imponía una quinta multa coercitiva, como consecuencia de incumplir lo ordenado en las resoluciones de 9.6.2008, 10.11.2008, 20.5.2012, 8.1.2013, 20.6.2013 y 9.12.2014 y se alza la suspensión del acto administrativo objeto de impugnación.
Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Susana Valverde Entenza, en representación de Juan Carlos Núñez Ginzo, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución, por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2018
José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística