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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Martes, 6 de noviembre de 2018 Pág. 48106

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2018, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Salvaterra de Miño (expediente IN407A 2018/316-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Electra Alto Miño Distribuidora de Energía, S.L.

Domicilio social: polígono industrial A Chan da Ponte, parcela 19, 36450 Salvaterra de Miño.

Denominación: LMTS, CS Bouza do Viso, San Lourenzo.

Situación: Salvaterra de Miño.

Características técnicas: LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ, de 36 metros de longitud, con origen en el apoyo 3AM5487143 de la LMT Salvaterra-Ponteareas y final en el centro de seccionamiento proyectado (CS). LMTS, salida 1 del CS proyectado, para conexión con la LMT existente a A Chan da Ponte. LMTS, salida 2 del CS proyectado, para conexión con la LMT existente a Maderas Roal. Centro de seccionamiento, en caseta prefabricada, con celdas compactas bajo envolvente metálica, con aislamiento y corte en SF6, situado en Bouza do Viso, San Lourenzo, Salvaterra de Miño.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, DOG núm. 54, de 19 de marzo, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Emprego e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 14 de septiembre de 2018

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra