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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Viernes, 26 de octubre de 2018 Pág. 47215

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (PO 625/2016).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 625/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jorge Manuel Cruces Gómez contra la empresa Alex Lito i Toli, S.L., y con la intervención del Fogasa, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución cuyo encabezado y parte dispositiva se adjuntan:

«Sentencia.

A Coruña, 26 de septiembre de 2018.

Jorge Hay Alba, magistrado del juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 625/2016, siendo parte en el mismo, de un lado, como demandante Jorge Manuel Cruces Gómez, asistido por la letrada Paloma Méndez Bello, número de colegiada 6202 de Icacor, en sustitución del letrado Stanislao de Kostka Fernández Fernández, y, como demandados, Alex Lito i Toli, S.L. que no comparece pese a estar citada en legal forma, y con la intervención de Fogasa, que no comparece pese a estar citado en legal forma, sobre reclamación de cantidad, ha pronunciado en nombre del rey, la siguiente sentencia:

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por el actor Jorge Manuel Cruces Gómez, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Alex Lito i Toli, S.L. a que abone al actor la cantidad de 1.547,06 euros por los conceptos reclamados en la demanda más el 10 % de interés por mora especificado.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Para que sirva de notificación en legal forma a la mercantil Alex Lito i Toli, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 26 de septiembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia