Yo, Ana Belén Jorge Rogel, letrada de la Administración de justicia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, hago saber que en el rollo de apelación que se dirá ha recaído sentencia, con fecha 31 de marzo de 2017, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Rollo: RPL recurso de apelación (LECN) 482/2016
Juzgado de procedencia: Juzgado de Primera Instancia número 10 de A Coruña
Procedimiento de origen: modificación de medidas supuesto contencioso 113/2016
Recurrente: Alejandro Lema Figueiras
Procuradora: María Dolores Neira López
Abogado: Daniel Ángel Paz Piñeiro
Recurrido: Ministerio Fiscal
Sentencia 107/2017
Magistrados: Manuel Conde Núñez, Julio Tasende Calvo y Carlos Fuentes Candelas
A Coruña, 31 de marzo de 2017
En el recurso de apelación civil número 482/2016, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 10 de A Coruña, en juicio de modificación de medidas número 113/2016, seguido entre partes, como apelante Alejandro Lema Figueiras, representado por la procuradora sra. Neira López; como apelado Ministerio Fiscal; como parte declarada en rebeldía Rosa María Bermúdez Santamaría. Fue ponente Manuel Conde Núñez.
(Siguen antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos)
Fallo:
Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Alejandro Lema Figueiras contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 10 de A Coruña, recaída en los autos de modificación de medidas número 113/2016, debemos confirmar y confirmamos en todos sus extremos la referida resolución, con imposición de las costas de alzada a la parte apelante.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».
Y para que conste y sirva para la inserción en el Diario Oficial de Galicia, al objeto de notificar a las partes declaradas en rebeldía María Bermúdez Santamaría, expido y firmo el presente edicto.
A Coruña, 19 de septiembre de 2018
La letrada de Administración de justicia