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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 193 Martes, 9 de octubre de 2018 Pág. 45248

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Administración Local, sobre la modificación de la clasificación de los puestos de secretaría y de intervención reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional en el Ayuntamiento de Ortigueira (A Coruña).

El Ayuntamiento de Ortigueira solicita a la Dirección General de Administración Local la tramitación del expediente para la modificación de la actual clasificación de los puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional de Secretaría y de Intervención, de forma que pasan de la categoría superior a la categoría de entrada.

Estos puestos de Secretaría y de Intervención están actualmente clasificados como puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional y tienen asignados, respectivamente, el desempeño de las funciones propias de Secretaría y de Intervención acordes con lo establecido en el Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Por las características del ayuntamiento, que cuenta con una población superior a 5.000 habitantes y un presupuesto de más de tres millones de euros, le corresponde puestos reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional de Secretaría y de Intervención de clase segunda.

El expediente tramitado por el Ayuntamiento es conforme a lo dispuesto en los artículos 6 y siguientes del citado Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional y en el artículo 10 del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, y reúne los requisitos para su tramitación de conformidad con la memoria emitida con fecha 26 de septiembre de 2018 por la subdirectora general de Régimen Jurídico Local.

Por lo expuesto, y habida cuenta de las competencias conferidas por el artículo 15.e) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia y en el artículo 22 del Decreto 74/2018, de 5 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia,

RESUELVO:

Modificar la clasificación actual de los puestos de Secretaría y de Intervención reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Ortigueira (A Coruña) como puestos de clase segunda que quedan de la siguiente forma:

Entidad local: Ayuntamiento de Ortigueira.

Puesto: secretaría.

Subescala: secretaría.

Categoría: entrada.

Forma de provisión: concurso.

Entidad local: Ayuntamiento de Ortigueira.

Puesto: intervención.

Subescala: intervención-tesorería.

Categoría: entrada.

Forma de provisión: concurso.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Potestativamente, y con carácter previo, los interesados podrán interponer recurso administrativo de reposición, ante este órgano directivo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, segundo lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Asimismo, la entidad local podrá presentar previamente requerimiento en el plazo de dos meses conforme lo dispuesto en el artículo 44 de dicha Ley 29/1998.

Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2018

Marta Fernández-Tapias Núñez
Directora general de Administración local