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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Viernes, 5 de octubre de 2018 Pág. 45046

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 18 de septiembre de 2018 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 28 de marzo de 2016, recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/65/2015-RP1.

El subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en sustitución del director, dictó el 22 de agosto de 2018 la resolución por la que se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 28 de marzo de 2016, recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/65/2015-RP1, por la que se declaraban ilegalizables las obras de construcción de una nave en el lugar de Galegos de Diomondi, en el término municipal de O Saviñao, provincia de Lugo, por ser incompatibles con el ordenamiento jurídico, confirmando, en consecuencia, la resolución recurrida.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a María Sol Somoza Guitián, Manuel Oliva Quiroga, José Antonio Oliva Quiroga y José Antonio Somoza Filgueira, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística