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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 180 Jueves, 20 de septiembre de 2018 Pág. 42955

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 23 de agosto de 2018, del Servicio de Movilidad de A Coruña, por el que se notifica el acuerdo de incoación de expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devuelto por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente XC-00974-O-2018).

La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña acordó la incoación del expedientes sancionador XC-00974-O-2018 por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifica el acuerdo de incoación dictado a la persona interesada.

Se le informa que el expediente sancionador se encuentra a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.

Se le otorga un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estime oportunas.

En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la finalización del procedimiento sancionador.

A Coruña, 23 de agosto de 2018

César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciado

DNI/CIF

Infracción denunciada

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción propuesta

XC-00974-O-2018

7907-HRZ

José Manuel Rodeiro Casais

76349131X

Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante.

6.3.2018; 11.12; AP-9; 93,0

Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT

801,00 €