Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de titulos judiciales 141/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Eduardo Javier Rodríguez Castro contra la empresa Asesores Moreira Renovables, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:
«Parte dispositiva
Dispongo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante, Eduardo Javier Rodríguez Castro, contra Asesores Moreira Renovables, S.L., parte ejecutada.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición, a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la/las infracción/oes cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/u oposición a la ejecución despachada, en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
La magistrada jueza |
La letrada de la Administración de justicia». |
Para que sirva de notificación en legal forma a Asesores Moreira Renovables, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 30 de agosto de 2018
La letrada de la Administración de justicia