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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Lunes, 20 de agosto de 2018 Pág. 38654

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (SSS 373/2017).

SSS. Seguridad social 373/2017

Procedimiento de origen: sobre seguridad social

Demandante: Nuria Villanueva Caballero

Abogado: Miguel Francisco Costas Díaz

Demandados: Tesorería General de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina

Abogado/a: letrado/a de la Tesorería General de la Seguridad Social, letrado/a de la Seguridad Social

Yo, Alberto López Luengo, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que mediante resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Nuria Villanueva Caballero contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Social de la Marina y Charmele Ray Pesqueira Calviño, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número seguridad social 373/2017, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), citar a Charmele Ray Pesqueira Calviño, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 21 de mayo de 2019, a las 10.00 horas, en la planta -1, sala 6, Edificio Audiencia, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso, juicio. Podrá comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención a la actora, pueda esta estar representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Para que sirva de citación a Charmele Ray Pesqueira Calviño, se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Pontevedra, 10 de julio de 2018

El letrado de la Administración de justicia