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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Martes, 14 de agosto de 2018 Pág. 37969

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2018, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a la convocatoria para la provisión de un puesto del Ayuntamiento de A Coruña, por el procedimiento de libre designación.

Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 29 de junio de 2018, el Ayuntamiento de A Coruña aprobó la convocatoria y bases para la cobertura, por el sistema de libre designación, del puesto de secretaría de clase 1ª denominado oficial mayor, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, que, tras la tramitación del oportuno expediente, remitió a la Dirección General de Administración Local para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y posterior remisión al Ministerio de Política Territorial y Función Pública a los efectos de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

De acuerdo con la memoria propuesta de la Subdirección General de Régimen Jurídico de Administración Local y teniendo en cuenta las competencias conferidas por el artículo 15.e) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y el artículo 22 del Decreto 74/2018, de 5 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia,

RESUELVO:

Dar publicidad a la convocatoria y a las bases que regirán la misma, recogidas como anexo a esta resolución, para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de oficial mayor, reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional cuyas bases se anexan a este anuncio:

Corporación: Ayuntamiento de A Coruña.

Puesto: oficial mayor.

Subescala: secretaría.

Categoría: superior.

Nivel de complemento destino: 30.

Complemento específico anual: 40.741,54 euros.

Requisitos: los recogidos en las bases que figuran como anexo.

Conocimiento de lengua gallega: en los términos del Decreto 103/2008, de 8 de mayo.

Santiago de Compostela, 27 de julio de 2018

Marta Fernández-Tapias Núñez
Directora general de Administración Local

ANEXO

Bases para el proceso selectivo de un oficial mayor para el Ayuntamiento de A Coruña, por el sistema de libre designación, entre funcionarios de Administración local con habilitación nacional, subescala de secretaría, categoría superior

Primera. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y con lo dispuesto en el capítulo V del título II del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, se aprueban las bases específicas que regirán la convocatoria de provisión del siguiente puesto de trabajo reservado a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional:

Corporación: Ayuntamiento de A Coruña.

Denominación del puesto: oficial mayor.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico anual: 40.741,54 €.

Requisitos para su desempeño conforme a la relación de puestos de trabajo y el Reglamento orgánico municipal de este ayuntamiento: ser funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de secretaría, categoría superior.

Sistema de provisión: libre designación.

Segunda. Será requisito indispensable para concurrir a la convocatoria ser funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la subescala de secretaría, categoría superior, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local, y con lo dispuesto en la relación de puestos de trabajo y el Reglamento orgánico municipal del Ayuntamiento de A Coruña y en el capítulo V del título II del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Conforme al artículo 36.2 de dicho Real decreto 128/2018, no podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en los siguientes supuestos:

a) Los funcionarios/as inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no ha transcurrido el tiempo señalado en ellas de suspensión.

b) Los funcionarios/as destituidos a que se refiere el artículo 148.5 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por el Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, respecto a puestos de la corporación donde se produjo la sanción, si no ha transcurrido el plazo establecido en la misma.

c) Los funcionarios/as que se encuentran en situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 89.1.a) y b) del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, si no ha transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Tercera. Los aspirantes deberán acreditar que están en posesión del certificado de lengua gallega, Celga 4 o su equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia. Aquellos aspirantes que no acrediten estar en posesión del Celga 4 o su equivalente deberán hacer una prueba en la que se evaluará, con el resultado de apto o no apto, el grado de conocimiento del gallego, que deberá ser equivalente al exigido para el Celga 4.

Cuarta. La convocatoria será remitida al órgano competente de la Xunta de Galicia para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y remisión a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme al artículo 46.2 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Quinta. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al alcalde y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento debidamente cumplimentadas, durante el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Podrán, asimismo, remitirse en la forma determinada en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI.

b) Certificado que acredite el conocimiento de lengua gallega, Celga 4 o su equivalente.

c) Documentación acreditativa de la titulación académica.

d) Documentación acreditativa de la condición de funcionario/a de la Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de secretaría, categoría superior.

e) Un curriculum vitae en el que la persona aspirante especifique, en un máximo de 5 páginas (caras), su trayectoria profesional y los méritos que reúne para ocupar el puesto, que deberán estar relacionados con las funciones atribuidas al mismo, tomando en consideración, principalmente, lo establecido en el artículo 133 del ROM de A Coruña.

Deberán aportarse los documentos acreditativos de los méritos alegados mediante certificaciones o fotocopias compulsadas. No serán valorados los méritos que no queden debidamente acreditados, en todos sus extremos, dentro del plazo de presentación de instancias.

Sexta. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Junta de Gobierno, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, adoptará el acuerdo de provisión correspondiente, en el plazo de un mes, e informará al Pleno de la Corporación.

El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Séptima. La resolución de esta convocatoria será remitida al órgano competente de la Xunta de Galicia y a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a los efectos oportunos.

Octava. El plazo para la toma de posesión será el establecido en el artículo 41 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Novena. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes o, en su caso, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Galicia.