La Orden de 19 de diciembre de 2017 (DOG nº 28, de 8 de febrero de 2018) estableció, para el año 2018, la convocatoria de ayudas para propietarios de buques, y entre sus finalidades estaban realizar inversiones que:
• Mejoren la higiene, salud, seguridad y condiciones de trabajo en buques pesqueros (procedimiento PE120B).
• Aumenten el valor añadido, la calidad de los productos y la utilización de capturas no deseadas (procedimiento PE120E).
Dicha orden establece en su artículo 4 que el crédito inicial podrá ser ampliado en función de las disponibilidades presupuestarias sin que eso dé lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Toda vez que este año, por el número y cuantía de este tipo de ayudas no llegó el crédito presupuestario para atender las solicitudes que cumplen con los requisitos es por lo que procede ampliar el crédito presupuestario para la concesión de ayudas para las líneas de inversiones que mejoren la higiene, salud, seguridad y condiciones de trabajo en buques pesqueros e inversiones que aumenten el valor añadido, la calidad de los productos y la utilización de capturas no deseadas.
Por todo lo anterior, y en el uso de las facultades que me fueron conferidas,
DISPONGO:
Artículo único
Se amplía el importe de la cuantía máxima de las ayudas que se van a conceder al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 2017 en:
• 427.617,24 euros, con cargo a la aplicación 14.02.723A.770.6 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2018.
• 39.551 euros, con cargo a la aplicación 14.02.723A.770.5 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2018.
Esta modificación no da lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Disposición final única
Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 24 de julio de 2018
Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Mar