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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Martes, 24 de julio de 2018 Pág. 34794

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2018 por la que se procede a la publicación de los requerimientos de enmienda de los talleres a la digitalización Industria 4.0.

Mediante Resolución de 21 de diciembre de 2017 (DOG núm. 245, de 28 de diciembre) se publicaron las bases reguladoras de los talleres a la digitalización Industria 4.0, procediéndose a su convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2018, por trámite anticipado de gasto.

El órgano instructor del procedimiento administrativo previsto en el artículo 12 de dichas bases reguladoras está analizando las solicitudes presentadas por los solicitantes que se acogieron a la convocatoria de ayudas IG239.2.

En una primera fase de revisión se identificaron varios expedientes que carecen de alguno de los requisitos exigidos en las bases reguladoras, por lo que resulta procedente efectuar los oportunos requerimientos de enmienda.

El artículo 12.2 de las bases reguladoras dispone que, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, este requerimiento de enmienda se realizará preferentemente mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia y producirá los mismos efectos que la notificación individualizada. Dicha publicación también se realizará en la página web del Igape en la dirección www.tramita.igape.es, donde se establecerá el contenido pormenorizado del requerimiento que se hace.

Los requerimientos objeto de la presente resolución no se publican en su integridad en virtud de la cautela prevista en el artículo 46 de la Ley 39/2015.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Dar publicidad a la relación de solicitantes de la convocatoria IG239.2 cuyos expedientes deben ser objeto de enmienda, según se recoge en el anexo a esta resolución.

Segundo. Habilitar un plazo de 10 días naturales para que los requeridos accedan a la Oficina virtual del Igape desde la página web del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), en la dirección www.tramita.igape.es, utilizando su NIF y el código IDE del expediente, para acceder al requerimiento individualizado de enmienda. Se entenderá rechazado cuando hubieran transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición del requerimiento sin que se accediera a su contenido.

Tercero. Se establece un plazo de diez (10) días hábiles para aportar la documentación señalada, contados a partir del día hábil siguiente al acceso al requerimiento individualizado, o a partir del día en que se puso a su disposición, en el caso de no acceder a su contenido.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.2 de las bases reguladoras, en el supuesto de que no se atienda el requerimiento en el plazo indicado, o si la enmienda resulta incompleta o defectuosa, se considerará que el solicitante desiste en su petición y se archivará el expediente, tras la correspondiente resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de dicha Ley 39/2015.

Santiago de Compostela, 13 de julio de 2018

Juan Manuel Cividanes Roger
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica

ANEXO

Solicitudes de ayuda sujetas a enmienda de documentación

Núm. expediente

Titular del expediente

NIF

IG239.2018.2.2

Unión de Cooperativas, Asociación Galega Cooperativas Agrarias (Agaca)

F15156557

IG239.2018.2.3

Asociación Gallega de Trabajadores Autónomos y del Mar (Agtamar)

G94116993

IG239.2018.2.4

Fundación Clúster Empresas de Automoción de Galicia (Ceaga)

G36983575

IG239.2018.2.5

Agestic

G15924400

IG239.2018.2.6

Anfaco

G36625309

IG239.2018.2.8

Asociación de Industriales Metalúrgicos de Galicia (Asime)

G36614774