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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Viernes, 13 de julio de 2018 Pág. 33525

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 29 de junio de 2018, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se publica la resolución del recurso de reposición interpuesto contra el deslinde por avenencia de los montes vecinales de Loentia y Bendia, en el ayuntamiento de Castro de Rei.

A los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace público que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Man Común de Lugo, en la sesión del día 14 de junio de 2018, bajo la presidencia de María Olga Iglesias Fontal y con la asistencia de los vocales Josefina Pereira de la Riera y Antonio José López-Acuña Herrero, y del secretario en funciones Juan Carlos López Seijas, tomó el siguiente acuerdo:

Monte Rodela, Gándaras de Castro y Granda de Abelleira (expediente 42/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Loentia, y monte Gándaras de Castro, Coutado y Campela (expediente 44/79), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Bendia, ambos en el término municipal de Castro de Rei. En la reunión celebrada por el jurado con fecha de 6 de marzo de 2018, se acordó aprobar el deslinde por avenencia practicado por estas dos comunidades y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes respectivos. Con fecha de 13 de abril de 2018, tiene entrada escrito presentado por Dositeo Barja Barja, en que interpone recurso de reposición contra dicho acuerdo y solicita, con base en los fundamentos que expone, su estimación y que se revise el expediente y no se tenga en cuenta el deslinde propuesto. El recurso se fundamenta, de forma resumida, en lo siguiente:

• Que los planos aportados con la resolución del jurado no reconocen la verdadera titularidad de los montes, ya que los documentos antiguos reflejan que estos montes son propiedad de los vecinos de Loentia.

• Manifiesta que actualmente esta situación está siendo tratada en la vía judicial con el fin de esclarecer la titularidad del monte.

No aporta ninguna documentación.

Dado traslado del recurso a las comunidades afectadas, se recibe, con fecha de 4 de mayo de 2018, escrito de Mª Carmen Lázare González, como presidenta de la comunidad de Loentia, en el que, en resumen, manifiesta:

• Que carece de razón el contenido del escrito presentado, puesto que el deslinde practicado y aprobado por el Jurado refleja, no sólo la realidad histórica del patrimonio vecinal sino también la voluntad actual de los comuneros, que en todas las reuniones celebradas aprobaron por mayorías significativas las propuestas de acuerdo y deslinde.

• No es cierto que la cuestión del deslinde esté pendiente de resolución judicial, pues el Acuerdo de 9 de abril de 2017, por el que la asamblea general adoptó el acuerdo, es firme al non haber sido impugnado. Dositeo Barja Barja únicamente impugnó la convocatoria de asamblea de 13 de mayo de 2016, en la que se autorizó a la presidenta a alcanzar acuerdos de deslinde con los montes colindantes.

Con la misma fecha tiene entrada escrito de Telmo Fernández iglesias, como presidente de Bendia, en el que manifiesta, en resumen:

• Que no es cierto lo manifestado por el recurrente, puesto que el deslinde realizado refleja con exactitud la realidad histórica de los límites entre los montes, siendo también la voluntad actual de los comuneros de las respectivas comunidades.

Examinado dicho recurso, el Jurado, por unanimidad, acuerda inadmitir el recurso de reposición interpuesto, de conformidad con los fundamentos que se recogen en la correspondiente resolución del recurso.

Contra este acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, desde su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 29 de junio de 2018

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo