Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Lunes, 9 de julio de 2018 Pág. 32643

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 70/2018, de 21 de junio, por el que se declara en concreto la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV), en el entorno del tramo de concentración de accidentes en la carretera PO-308, punto kilométrico 8+700 a 12+700, de clave PO/17/144.06, en los ayuntamientos de Poio y Sanxenxo.

Antecedentes:

Primero. El día 29 de diciembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 246) el Anuncio de 20 de diciembre de 2017 por el que se somete al trámite de información pública la separata para información pública del proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV), en el entorno del tramo de concentración de accidentes en la carretera PO-308, p.k. 8+700 a 12+700, de clave PO/17/144.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de las alegaciones, certificados e informes presentados, el 12 de junio de 2018 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV), en el entorno del tramo de concentración de accidentes en la carretera PO-308, p.k. 8+700 a 12+700, de clave PO/17/144.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto definir, justificar y valorar las obras necesarias para llevar a cabo una serie de actuaciones que permitan evitar o mitigar la accidentalidad que se viene produciendo en los últimos años en el tramo considerado. El ámbito de actuación afecta a los términos municipales de Poio y, en menor medida, a Sanxenxo.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintiuno de junio de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción del Plan de seguridad viaria de Galicia 2016-2020: mejora de la seguridad viaria (MSV), en el entorno del tramo de concentración de accidentes en la carretera PO-308, p.k. 8+700 a 12+700, de clave PO/17/144.06.

Santiago de Compostela, veintiuno de junio de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda