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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Lunes, 9 de julio de 2018 Pág. 32639

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 19 de febrero de 2018, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de cien (100) becas de excelencia para la juventud del exterior, a fin de cursar estudios de máster que se inicien en el año 2018 en una universidad gallega (PR911A).

Advertidos errores en la citada resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 45, de 5 de marzo de 2018, se procede a efectuar las siguientes correcciones:

En la página 12636, en el artículo 15.4, donde dice:

«No podrá modificarse el máster en el que se hayan matriculado, a excepción del supuesto previsto en el artículo 18.2 de esta resolución».

Debe decir:

«No podrá modificarse el máster en el que se hayan matriculado, a excepción del supuesto previsto en el artículo 19.2 de esta resolución».

En la página 12638, en el artículo 19.2, donde dice:

«Las personas beneficiarias de estas becas podrán solicitar la modificación de la resolución de concesión y cambiar el máster para el cual se les concedió la beca, siempre que tuviera el mismo número de créditos que el concedido y únicamente en el caso de los siguientes másteres de la Universidad de Santiago de Compostela, que tienen criterios de selección específicos y en los que su admisión y plazo de matrícula en la convocatoria ordinaria puede retrasarse hasta el mes de septiembre: máster en Acuicultura, máster en Investigación Biomédica, máster en Dirección y Gestión Contable y Financiera, máster en Psicología del Trabajo y las Organizaciones, Psicología Jurídica-Forense e Intervención Social y máster en Tecnologías de Análisis de Datos Masivos: Big Data».

Debe decir:

«Las personas beneficiarias de estas becas podrán solicitar la modificación de la resolución de concesión y cambiar el máster para el cual se les concedió la beca, siempre que tuviera el mismo número de créditos que el concedido y únicamente en el caso de los siguientes másteres de la Universidad de Santiago de Compostela y de la Universidad de Vigo, que tienen criterios de selección específicos y en los que su admisión y plazo de matrícula en la convocatoria ordinaria puede retrasarse hasta el mes de septiembre: máster en Acuicultura, máster en Investigación Biomédica, máster en Dirección y Gestión Contable y Financiera, máster en Psicología del Trabajo y las Organizaciones, Psicología Jurídica-Forense e Intervención Social, máster en Tecnologías de Análisis de Datos Masivos: Big Data y máster de Dirección de Arte en Publicidad».

En la página 12646, en el ANEXO I, donde dice:

Denominación del máster

Universidad donde se imparte

Número de créditos
ECTS

Universidad de A Coruña
UDC

Universidad de Santiago de Compostela
USC

Universidad de Vigo
UVIGO

Campus

Campus

Campus

Ciencias Sociales y Jurídicas

Sociología Aplicada: Investigación Social de Mercados

A Coruña

60

Debe decir:

Denominación del máster

Universidad donde se imparte

Número de créditos

ECTS

Universidad de A Coruña

UDC

Universidad de Santiago de Compostela

USC

Universidad de Vigo

UVIGO

Campus

Campus

Campus

Ciencias Sociales y Jurídicas

Sociología Aplicada: Investigación Social de Mercados

A Coruña

90