María del Pilar Pazos González, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lalín, hace saber que en el presente procedimiento de juicio ordinario núm. 105/2013, seguido a instancia de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A, representado por el procurador Sr. Nistal Riádigos y asistido por el letrado Sr. Sanjiao García, contra Jalal Hassan Cheiaitani, con domicilio en la calle Emilio Alonso, nº 9, 5º A de Silleda (Pontevedra), declarado en situación procesal de rebeldía, se ha dictado sentencia en fecha 16 de mayo de 2014, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Fallo:
Que estimando íntegramente como estimo la demanda formulada por la representación procesal de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A. contra Jalal Hassan Cheiaitani, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de veintinueve mil setecientos veintinueve euros y sesenta y siete céntimos (29.729,67 euros), que devengará el interés legal incrementado en dos puntos, desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago.
Se impone a la parte demandada el pago de las costas causadas en el presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este juzgado dentro del plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, y se resolverá ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.
Así, por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y encontrándose dicho demandado, Jalal Hassan Cheiaitani, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que le sirva de notificación en forma.
Lalín, 19 de mayo de 2014
La letrada de la Administración de justicia