El Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de O Pereiro-As Oirás (Alfoz-Lugo) fue aprobado por la dirección general competente por razón de la materia con fecha 1 de agosto de 2008, publicado y notificado en la forma legalmente establecida, y encontrándose en la actualidad pendiente de firmeza.
Con posterioridad a estes actos, el Ayuntamiento de Alfoz solicitó la cesión de la titularidad de las fincas que a continuación se indican:
• Fincas n.º 199, 268, 435, 561 y 628 para depósitos de madera.
• Finca n.º 379 para ampliación del cementerio.
• Finca n.º 408 entorno de la iglesia de O Pereiro.
• Finca n.º 612 entorno de la iglesia de As Oiras.
Vista la propuesta de la Junta Local de la zona, a disposición transitoria primera de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia; la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973; la Ley 10/85, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificado por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre; la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en su redacción según la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones vigentes de aplicación al caso.
A la vista de los destinos para los que se solicitan las referidas fincas, y respecto de los que son perfectamente subsumibles en el supuesto recogido en el artículo 32 de dicha ley gallega, esta dirección general
RESUELVE:
1º. Modificar el Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de O Pereiro-As Oirás (Alfoz-Lugo), en el sentido de adjudicar al Ayuntamiento de Alfoz la titularidad de las fincas nos 199, 268, 379, 408, 435, 561, 612 y 628 –que causan baja en el fondo de tierras de la zona– para ser destinadas a los fines que se recogen en la parte expositiva de la presente resolución.
2º. Transcurridos cinco años desde la cesión de las propiedades sin que las fincas hubieran sido destinados a los fines para los cuales son adjudicados, la titularidad de las referidas fincas revertirá sobre el fondo de tierras o masa común de la zona, el patrimonio de la comunidad autónoma, la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) u otra entidad que corresponda, según el caso.
Lugo, 31 de mayo de 2018
María Olga Iglesias Fontal
Jefa territorial de Lugo