Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Viernes, 8 de junio de 2018 Pág. 28373

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2018 por la que se anula y se deja sin efecto el cuarto plazo de solicitudes de la convocatoria de 2018 de las ayudas reguladas en la Resolución de 29 de diciembre de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los servicios de asistencia, diagnóstico y soporte en la implantación de soluciones de Industria 4.0 para su realización en empresas gallegas (programa Re-accionaTIC), cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

En el Diario Oficial de Galicia núm. 20, de 29 de enero de 2018, se publicó la Resolución de 29 de diciembre de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los servicios de asistencia, diagnóstico y soporte en la implantación de soluciones de Industria 4.0 para su realización en empresas gallegas (programa Re-accionaTIC), cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

En el apartado tercero del resuelvo se establecen cuatro plazos para la presentación de solicitudes, denominados:

2018.1: desde el 30 de enero de 2018 hasta el 1 de marzo de 2018.

2018.2: desde el 5 de marzo de 2018 hasta el 19 de abril de 2018.

2018.3: desde el 23 de abril de 2018 hasta el 7 de junio de 2018.

2018.4: desde el 11 de junio de 2018 hasta el 31 de julio de 2018.

En la convocatoria 2017 del programa Re-accionaTIC los servicios fueron promovidos por el Igape (tres tipos de servicios) y también por la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega) (cuatro tipos de servicios). Sin embargo, el programa de 2018 solo convocó los servicios promovidos por el Igape.

Teniendo en cuenta los defectos en la publicación del programa de 2018, ya que no se incluyó la distribución de servicios ofertados en la convocatoria 2018.4, y que con fecha 7 de mayo de 2018, se recibió en este instituto comunicación de Amtega en la que se opta por la extensión de la vigencia de los contratos necesarios para convocar las tipologías de servicio que promueve esta agencia y dado que las bases reguladoras son las que definen cada tipología de servicio, así como la participación conjunta del Igape y la Amtega, se hace necesario anular y dejar sin efecto, únicamente, la última convocatoria de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, que abarca desde el 11 de junio de 2018 hasta el 31 de julio de 2018, manteniendo vigentes el resto de sus artículos, para posteriormente publicar la nueva formulación de las bases reguladoras y nuevas convocatorias conjuntas del programa.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.6 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las propuestas de resolución no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración mientras no se le notifica la resolución de concesión, por lo que no habiéndose iniciado este cuarto plazo de presentación de solicitudes no surgieron derechos que pudieran verse afectados por la presente resolución.

En su virtud y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO:

Artículo primero

Anular y dejar sin efecto el cuarto plazo de presentación de solicitudes –desde el 11 de junio de 2018 hasta el 31 de julio de 2018– de la convocatoria de 2018, establecido en el apartado segundo del resuelvo de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, publicada en el DOG núm. 20, de 29 de enero, por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los servicios de asistencia, diagnóstico y soporte en la implantación de soluciones de Industria 4.0 para su realización en empresas gallegas (programa Re-accionaTIC), cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Artículo segundo

La anulación prevista en el apartado anterior no afecta a la tramitación de los procedimientos ya iniciados en el primer, segundo y tercer plazo de presentación de solicitudes.

Artículo tercero

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de junio de 2018

Juan Manuel Cividanes Roger
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica