Yo, José Miguel Regueiro Pérez, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ferrol, hago saber que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, por el presente se notifica a la parte demandada, Adrián Gómez Bujía, que se encuentra en paradero desconocido, la sentencia dictada en el procedimiento de referencia el 26.2.2018, cuyo encabezamiento y fallo dicen como sigue:
«Sentencia:
Juez que la dicta: magistrado-juez Tudela Guerrero
Lugar: Ferrol
Fecha: veintiséis de febrero de dos mil dieciocho
Demandante: Víctor Leal Pita
Abogado: Juan Pablo Pillado Mosquera
Procurador: Antonio Rubín Barrenechea
Demandado: Adrián Gómez Bujía
Procedimiento: juicio verbal 873/2016
Fallo:
Debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por Víctor Leal Pita, en nombre de la sociedad civil Inmobiliaria Aurora, frente a Adrián Gómez Bujía y condeno al segundo a pagar los 750 euros que restan por abonar del arrendamiento de vivienda sita en el piso 3º derecha del número 144 de la calle carretera de Cedeira de Narón.
Con intereses legales desde la reclamación inicial de 1.500 euros, a partir de la presentación de la demanda y descontando los sucesivos pagos parciales verificados.
Las costas del actor serán abonadas por el demandado.
Advierto a las partes que contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
El juez».
Y para que sirva de notificación en forma a Adrián Gómez Bujía, expido el presente.
Ferrol, 27 de febrero de 2018
El letrado de la Administración de justicia