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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 1 de junio de 2018 Pág. 27012

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 67/2018).

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada el día 4 de mayo de 2018, en el proceso de ejecución seguido a instancia de Eduardo Ríos Pulleiro, contra Gacaltec, S.L.U., Aluminios M. Quinteiro, S.L., Manuel Alejandro Quinteiro Rosende, Neira y Ferreira, S.L.U., registrado con el número 67/2018 se ha acordado citar a Gacaltec, S.L.U., Aluminios M. Quinteiro, S.L., Manuel Alejandro Quinteiro Rosende, Neira y Ferreira, S.L.U., en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, situado en calle Berlín, s/n, polígono de As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela el día 21 de junio de 2018, a las 9.20 horas, para la celebración de la oportuna comparecencia, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dicho acto no se suspenderá por falta injustificada de asistencia.

Se les hace saber que tienen a su disposición en la oficina judicial la cédula de citación, copia de la demanda y auto despachando ejecución y demás resoluciones y documentos obrantes en el procedimiento.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer a la comparecencia asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para la comparecencia, con objeto de que, trasladada tal intención al ejecutante, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de la comparecencia de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Igualmente se notifica el auto despachando ejecución, y la diligencia de ordenación de la misma fecha, dictados en la presente, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositica.

Dispongo:

Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante Eduardo Ríos Pulleiro, frente a Gacaltec, S.L.U., Aluminios M. Quinteiro, S.L., Manuel Alejandro Quinteiro Rosende, Neira y Ferreira, S.L.U., parte ejecutada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de jurisdicción social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la/s infracción/es cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, abierta en Banco Santander, cuenta nº 5076 0000 64 0067 18. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá ingresarse en la cuenta número 00493569920005001274, y en el campo “concepto” deberá indicar el número de cuenta “5076 0000 64 0067 18”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

La magistrada jueza

La letrada de la Administración de justicia».

Diligencia de ordenación, del tenor literal siguiente:

«Diligencia de ordenación.

Letrada de la Administración de justicia Susana Varela Amboage.

Santiago de Compostela, 4 de mayo de 2018.

Habiendo presentado el trabajador Eduardo Ríos Pulleiro escrito exigiendo el cumplimiento por el empresario Gacaltec, S.L., Manuel Alejandro Quinteiro Rosende, Neira Y Ferreira, S.L.U., Aluminios M. Quinteiro, S.L., de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de sentencia dictada en el DOI 504/17, de conformidad al art.280 de la LJS, acuerdo:

Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y fijo el próximo día 21 de junio de 2018, a las 9.20 horas, para la celebración de la comparecencia, sirviendo la notificación de la presente de citación al efecto al ejecutante y al Fogasa.

De no asistir el/los trabajador/es o persona que le/s represente, se le/s tendrá por desistido/s en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.

Cítese a los representantes legales de Gacaltec, S.L., Manuel Alejandro Quinteiro Rosende, Neira y Ferreira, S.L.U., Aluminios M. Quinteiro, S.L., para el acto de comparecencia bajo el apercibimiento de poder ser tenidas por confesas en caso de incomparecencia injustificada en los términos del artículo 91 del LRJS; requiérase a las mismas a fin de que aporten el justificante de abono de los salarios de tramitación; y todo ello sin perjuicio de que dichos medios de prueba deban ser propuestos y admitidos por SSª en el acto de la comparecencia.

Asimismo, acuerdo la citación de los demandados por medio de edictos que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de jurisdicción social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación y citación a Gacaltec, S.L.U., Aluminios M. Quinteiro, S.L., Manuel Alejandro Quinteiro Rosende, Neira y Ferreira, S.L.U., se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 4 de mayo de 2018

La letrada de la Administración de justicia