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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Lunes, 21 de mayo de 2018 Pág. 25071

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (159/2016).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 159/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Pilar Otero Carril contra Trece Noventa y Siete, S.L., Union Business Factories, S.L., José Aquilino Dacoba Pego y Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:

«Parte dispositiva:

Acuerdo tener por desistida a Pilar Otero Carril de su demanda contra Trece Noventa y Siete, S.L., y una vez firme esta resolución, se archivarán los autos.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 0049 3569 9200 0500 1274 del Banco Santander, S.A., debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 social-revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del código “31 social-revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato
dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Trece Noventa y Siete, S.L., en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 26 de abril de 2018

La letrada de la Administración de justicia