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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Lunes, 21 de mayo de 2018 Pág. 25047

III. Otras disposiciones

Fondo Gallego de Garantía Agraria

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 11 de abril de 2018 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional correspondiente a la campaña 2015, solicitadas al amparo de la Orden de 10 de marzo de 2015 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control.

Advertidos errores en dicha orden publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 81, de 26 de abril de 2018, hace falta efectuar las siguientes correcciones:

En el anexo: descripción de los motivos, en la página 22354, donde dice:

001102

Los sectores en los que se incorpora no se corresponden con ninguno de los sectores ya incorporados en el régimen de pago único, o de los sectores citados en el artículo 13 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre.

001104

El solicitante no tiene expediente con resolución favorable de concesión de ayuda de primera instalación en el ámbito de un programa de desarrollo rural (PDR) y no acredita su instalación como agricultor profesional en una explotación prioritaria en los sectores ya incorporados en el régimen de pago único o de los sectores citados en el artículo 13 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre.

Debe decir:

001102

El solicitante no tiene expediente con resolución favorable de concesión de ayuda de primera instalación en el ámbito de un programa de desarrollo rural (PDR) y no acredita su instalación como agricultor profesional en una explotación prioritaria en los sectores ya incorporados en el régimen de pago único o de los sectores citados en el artículo 13 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre.

001104

Los sectores en los que se incorpora no se corresponden con ninguno de los sectores ya incorporados en el régimen de pago único, o de los sectores citados en el artículo 13 del Real decreto 1076/2014, de 19 de diciembre.

En la página 22354 añadir al final de la tabla:

915204

Beneficiario sin cálculo de reserva nacional, pues no cuenta con ninguna región en la que se puedan incrementar o asignar nuevos derechos.