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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Viernes, 18 de mayo de 2018 Pág. 24749

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 2 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa, dirigido a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Programa operativo de empleo juvenil y se convoca para el año 2018.

BDNS (Identif.): 398531.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios/as

BS324A. Personas jóvenes individualmente, inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil (en adelante, SNGJ) y que figuren como beneficiarias, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

BS324B. Entidades sin ánimo de lucro con sede permanente o domicilio social en Galicia que desarrollen actividades en el ámbito de la juventud.

BS324C. Ayuntamientos, agrupaciones de ayuntamientos o mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Galicia válidamente constituidas, así como las entidades resultantes de la fusión de municipios a que se refiere la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

Segundo. Objeto

El objeto es la concesión de ayudas para proyectos de movilidad transnacional dirigidas a la juventud inscrita en el SNGJ en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, no ocupada ni integrada en los sistemas de educación o formación, para la realización de prácticas formativas no laborales en entidades/empresas públicas o privadas en países europeos, durante un período mínimo de dos meses y máximo de tres, con un mínimo de 100 horas formativas mensuales.

El período de realización de las prácticas formativas no laborales en las empresas o entidades finalizará en todo caso el 30 de noviembre de 2018.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 2 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa, dirigido a las personas inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Programa operativo de empleo juvenil y se convoca para el año 2018.

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 2.512.627,00 €, cofinanciada al 91,89 % por la Iniciativa de empleo juvenil y el Fondo Social Europeo.

La distribución de créditos es la siguiente:

BS324A: 844.571,00 € con cargo a la aplicación 12.05.313A.480.0.

BS324B: 1.168.056,00 € con cargo a la aplicación 12.05.313A.481.0.

BS324C: 500.000,00 € con cargo a la aplicación 12.05.313A.460.0.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el DOG. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Sexto. Otros datos

Todas las entidades y personas a quienes se les conceda la ayuda recibirán un anticipo del 80 % sobre el total de la cantidad concedida, si así lo solicitan.

La concesión de la ayuda se tramita en régimen de concurrencia competitiva y se efectúa, en cada procedimiento, por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario.

Las ayudas están sujetas al régimen de costes simplificados basados en costes unitarios. En la convocatoria se establecen unas tablas con importes que varían en función del país de destino, del número y de la duración de las movilidades, así como del número de personas que participen en los proyectos. Los conceptos subvencionables son:

– En el procedimiento BS324A, Gastos para realizar las prácticas formativas no laborales, incluye costes de alojamiento y manutención de las personas participantes, viaje al país de destino, transporte local y seguros de accidentes y responsabilidad civil, así como el seguro médico y ayudas para el apoyo lingüístico.

– En los procedimientos BS324B y BS324C, además de los gastos para realizar las prácticas formativas no laborales (costes de alojamiento y manutención, viaje al país de destino, transporte local y seguros de accidentes y responsabilidad civil, así como el seguro médico de los/las jóvenes participantes), se establecen otros gastos de apoyo a la organización y ejecución de la movilidad que comprende apoyo a aspectos organizativos (se incluyen gastos como la convocatoria, la selección, el apoyo lingüístico y la preparación sociocultural de participantes) y gastos de ejecución de los proyectos (apoyo para los viajes de mentores de la entidad de envío y apoyo para los gastos de la entidad de acogida).

El plazo para justificar las acciones subvencionadas será el 10 de diciembre de 2018.

Santiago de Compostela, 2 de mayo de 2018

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social