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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Martes, 15 de mayo de 2018 Pág. 24210

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 27 de abril de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas para la conciliación por maternidad o paternidad de la persona trabajadora autónoma y se procede a su convocatoria para el año 2018 (código de procedimiento TR341R).

BDNS (Identif.): 397700.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas y entidades beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras que estén dadas de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que, según el anexo I, tengan su centro de trabajo (o domicilio social, en el caso de carecer de éste) en la Comunidad Autónoma de Galicia, que disfrutaran de una baja por maternidad o paternidad y que en el plazo de los quince días siguientes a su finalización contraten a una persona trabajadora por cuenta ajena.

2. También serán beneficiarias las sociedades que realicen una contratación en iguales condiciones que en el párrafo anterior con respecto a las personas autónomas societarias.

Segundo. Objeto

1. Estas bases tienen por objeto fijar los criterios y requisitos para la concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que, una vez finalizada su baja por maternidad o paternidad, contraten a una persona para ampliar su conciliación de la vida familiar y laboral.

2. Mediante la presente ayuda se permitirá que la persona trabajadora por cuenta propia obtenga una compensación durante dieciséis (16) semanas más para la contratación de una persona, para favorecer la conciliación de su vida personal y laboral y facilitar la continuidad de su proyecto empresarial.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 27 de abril de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas para la conciliación por maternidad o paternidad de la persona trabajadora autónoma, y se procede a su convocatoria para el año 2018 (código de procedimiento TR341R).

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan quinientos mil euros (500.000 €).

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

1. Las solicitudes de ayudas por las contrataciones subvencionables realizadas entre el 1 de noviembre de 2017 y la fecha de la publicación de esta orden deberán presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la orden. Se entenderá como último día de plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

2. Para las ayudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden el plazo será de un mes contado desde la fecha de la contratación subvencionada. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Santiago de Compostela, 27 de abril de 2018

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria