Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Lunes, 30 de abril de 2018 Pág. 22666

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

ORDEN de 26 de abril de 2018 por la que se modifica la Orden de 6 de febrero de 2018 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control.

La Orden de 6 de febrero de 2018 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control (DOG núm. 30, de 12 de febrero) establece en el artículo 10.3 que el plazo para la presentación de la solicitud única para el año 2018 se iniciará el 1 de febrero y finalizará el día 30 de abril, ambos inclusive.

Este plazo cumple con lo dispuesto en el artículo 95.2 del Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, que establece con carácter de normativa básica que el plazo de presentación de la solicitud única a partir del año 2016 se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.

La disposición final segunda del Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, faculta a la ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para adaptar las fechas y plazos que se establecen en el referido real decreto a las exigencias derivadas de la normativa de la Unión Europea.

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente está tramitando un proyecto de orden por la que se amplía el plazo de presentación de la solicitud única, para el año 2018, establecido en el artículo 95 del Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

En relación con el artículo 95 del real decreto mencionado, se solicita que el plazo de presentación de la solicitud única se amplíe al 7 de mayo de 2018 inclusive, con el objecto de evitar que posibles beneficiarios no puedan presentar la solicitud en plazo por una previsible saturación de las entidades colaboradoras, de acuerdo con el bajo porcentaje de presentación de solicitudes conocido a fecha de hoy.

DISPONGO:

Artículo único

Se acuerda modificar el artículo 10.3 de la Orden de 6 de febrero de 2018 y ampliar el plazo para la presentación en Galicia de la solicitud única de ayudas de la PAC de 2018 que concluirá el 7 de mayo de 2018, incluido.

Santiago de Compostela, 26 de abril de 2018

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira del Medio Rural