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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Viernes, 13 de abril de 2018 Pág. 20219

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ORDEN de 3 abril de 2018 por la que se convocan los Premios de Arquitectura y Rehabilitación de la Comunidad Autónoma de Galicia 2018.

El Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, en su artículo 27.3 atribuye a la Comunidad Autónoma de Galicia la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, en los términos de lo dispuesto en los artículos 47 y 148.1.3 de la Constitución.

En virtud de los artículos 3 y 4 de la Ley 3/1988, de 27 de abril, de creación del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, compete a este organismo autónomo la realización de las políticas de vivienda y suelo en la Comunidad Autónoma de Galicia y, asimismo, la dirección de la política en materia de patrimonio arquitectónico, el fomento de la rehabilitación y construcción de todo tipo de viviendas.

Según lo dispuesto en el Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 37/2017, de 6 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo queda adscrito, como organismo autónomo, a la Consellería de Infraestructuras y Vivienda.

En el marco competencial descrito, la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, a través del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, impulsa actuaciones en el patrimonio arquitectónico de Galicia, con el fin de atender las necesidades de rehabilitación y, asimismo, mediante programas de conservación y enriquecimiento de este patrimonio, realiza una intensa actividad de fomento en la rehabilitación. Precisamente, este patrimonio, constituido por el conjunto de edificaciones representativas de nuestra identidad cultural, es digno merecedor de una adecuada conservación como legado común.

En este contexto, en nuestra comunidad autónoma se realizaron obras arquitectónicas que destacan por su contribución a la sociedad, por constituir elementos innovadores, así como por la búsqueda en la conservación y rehabilitación del patrimonio arquitectónico. De este modo, se configura una arquitectura orientada a mejorar las condiciones de conservación y mantenimiento de edificios con valor patrimonial o utilidad social, o que repercute, en última instancia, en la calidad de vida de las personas.

A través de esta orden, y con el objeto de impulsar la excelencia de nuestra arquitectura y la rehabilitación, se convocan los Premios de Arquitectura y Rehabilitación de la Comunidad Autónoma de Galicia 2018. Estos premios suponen el reconocimiento a la calidad de las edificaciones terminadas en los años 2016 y 2017, tanto de obra nueva como de rehabilitación. Cabe destacar, asimismo, los dos premios especiales: el de sostenibilidad y a la trayectoria profesional; el primero busca destacar la implementación de una arquitectura responsable y comprometida con el medio ambiente, en consonancia con los programas europeos y el Horizonte Europa 2020. El premio a la trayectoria profesional pretende ser un reconocimiento de la especial contribución a la arquitectura en el territorio gallego.

La presente orden consta de dos artículos, una única disposición adicional y una única disposición final, así como un anexo donde se definen las bases reguladoras de los premios, en las que se incluyen las modalidades de premios y su dotación, los proyectos que pueden concurrir, la presentación de candidaturas, la composición y funcionamiento del jurado y la publicidad y difusión de los premios.

En consecuencia, y según lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 37/2017, de 6 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, y el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 12 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

ACUERDO:

Artículo 1. Convocatoria

Esta orden tiene por objeto la convocatoria de los Premios de Arquitectura y Rehabilitación de la Comunidad Autónoma de Galicia para la anualidad 2018, que se regirán por las bases que figuran en el anexo I (código del procedimiento VI490A).

Artículo 2. Crédito presupuestario

La dotación económica de los premios se pagarán con cargo a la aplicación presupuestaria 08.80.451A.480.0, de los presupuestos del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (en adelante, IGVS) para 2018.

Disposición adicional única. Datos de carácter personal

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de esta disposición cuyo tratamiento y publicación autoricen las personas interesadas mediante la presentación de las propuestas serán incluidos en un fichero denominado «Relaciones administrativas con la ciudadanía y con entidades», con el objeto de gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su tramitación.

El órgano responsable de este fichero es la Dirección General del IGVS. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante el director general del IGVS, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Área Central, s/n, polígono de As Fontiñas, 15781 Santiago de Compostela, o a través de un correo electrónico a sx.igvs@xunta.es.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de abril de 2018

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda

ANEXO I

Bases reguladoras

Primera. Modalidades de premios

Se establecen las siguientes modalidades de premios:

1. Premio gallego de arquitectura 2018. El jurado podrá otorgar el premio gallego de arquitectura 2018 entre los proyectos de nueva planta relativos a actuaciones que hayan generado una nueva edificación o una ampliación de una ya existente, siempre que tenga suficiente entidad como para poder ser valorada de forma independiente a la construcción original.

Dotación económica: 6.000 €.

2. Premio gallego de rehabilitación 2018. El jurado podrá otorgar el premio gallego de rehabilitación 2018 entre los proyectos de rehabilitaciones relativos a intervenciones de recuperación y adecuación del parque edificado existente.

Dotación económica: 6.000 €.

3. Menciones. Entre las actuaciones que no hubieran obtenido premio, podrán ser objeto de mención aquellas que el jurado aprecie como merecedoras de un especial reconocimiento.

4. Premios especiales. El jurado podrá otorgar premios en las categorías especiales que se indican a continuación:

a) A la sostenibilidad 2018, destinado a destacar aquella actuación que suponga la implantación de una arquitectura responsable con el medio ambiente, los recursos y las generaciones futuras.

Dotación económica: 6.000 €.

b) A la trayectoria profesional 2018, destinado a reconocer la meritoria trayectoria profesional a favor de la arquitectura en el territorio gallego.

Dotación económica: 6.000 €.

Segunda. Condiciones de los proyectos y de las personas premiadas

1. Podrán optar a los premios, excepto el especial a la trayectoria profesional 2018, los proyectos arquitectónicos de edificaciones finalizadas en la Comunidad Autónoma de Galicia entre el día 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017.

2. Las personas físicas o jurídicas autoras de los citados proyectos deberán ser profesionales de la arquitectura.

3. Podrán proponerse para el premio especial a la trayectoria profesional 2018 a las personas arquitectas que por su contribución a favor de la arquitectura en el territorio gallego sean merecedoras de un especial reconocimiento.

Tercera. Presentación de candidaturas para concurrir a los premios gallegos de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2018

1. Las entidades que, según la base quinta, tengan representación en el jurado, podrán presentar candidaturas para los premios de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2018, en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden.

2. La presentación de las candidaturas se realizará electrónicamente, a través de la aplicación informática que, a estos efectos, figura en la página web del IGVS, mediante la aportación de la siguiente documentación:

a) Autorización de las personas autoras de los proyectos a la entidad propoñente para presentar su candidatura, así como su consentimiento expreso al IGVS para poder publicar, difundir y dar publicidad a los proyectos y al material aportado con la propuesta, según el modelo disponible en dicha aplicación.

b) Imágenes: se admitirá un máximo de 12 archivos, que podrán contener fotografías, planos, diagramas, etc., en formato jpg, relativos al correspondiente proyecto.

c) Memoria descriptiva y justificativa del proyecto.

d) Lámina-resumen, en formato horizontal DIN-A3, del proyecto propuesto.

e) Opcionalmente, podrá aportarse un vídeo de duración máxima de 3 minutos sobre el proyecto propuesto.

f) Los proyectos que se presenten para el premio especial a la sostenibilidad deberán incluir, además, una memoria justificativa de las estrategias de sostenibilidad aplicadas, así como de los resultados obtenidos.

Con el objeto de permitir la identificación de las distintas personas que participaron en los proyectos, en el proceso de presentación de candidaturas de cada proyecto deberá quedar constancia del nombre, teléfono y correo electrónico de cada una de las personas intervinientes en ellos.

3. Cumplidas las formalidades anteriores, la aplicación informática generará un documento resumen de la documentación presentada, en formato pdf, que la entidad proponente deberá aportar obligatoriamente por medios electrónicos, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, correspondiente al procedimiento VI490A, cuyo modelo se incorpora como anexo II.

4. Para la presentación de las propuestas podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.junta.gal/chave365).

5. Si alguna de las entidades presenta la documentación antes relacionada de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. En estos supuestos, se considerará como fecha de presentación de la propuesta aquella en la que haya sido realizada la subsanación, conforme a lo dispuesto en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. Las entidades proponentes se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, el jurado podrá requerir la exhibición de los documentos originales para su cotejo con las copias electrónicas presentadas.

7. Cerrado el plazo de presentación de candidaturas, la persona secretaria del jurado levantará acta de los proyectos presentados, que será publicada en la página web del IGVS.

8. Los proyectos propuestos podrán ser visualizados en el enlace que, a estos efectos, se disponga en la página web del IGVS.

9. La documentación presentada quedará a disposición de la organización de los premios, que podrá utilizarla para su difusión en cualquier tipo de formato o soporte.

Cuarta. Propuesta de premio a la trayectoria profesional 2018

Las propuestas para el otorgamiento del premio a la trayectoria profesional 2018 se presentarán en el seno del jurado por las entidades con representación en el mismo, y deberán venir avaladas por la correspondiente justificación.

Quinta. Composición del jurado

1. El jurado estará presidido por la persona titular de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda. Asimismo, formarán parte del jurado, las siguientes personas:

a) La persona titular de la Dirección General del IGVS.

b) La persona titular de la Secretaría General del IGVS.

c) La persona titular de la Dirección Técnica de Suelo, Edificación y Calidad del IGVS.

d) La persona que se designe por la Dirección General del Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

e) La persona que se designe por la Real Academia Gallega de Bellas Artes de Nuestra Señora del Rosario.

f) La persona que se designe por la Dirección de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de A Coruña.

g) La persona que se designe por la Escuela Universitaria de Arquitectura Técnica de la Universidad de A Coruña.

h) La persona que se designe por el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia.

i) La persona que se designe por el Consejo Gallego de Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.

j) La persona que se designe por la Federación Gallega de la Construcción.

k) La persona que se designe por la Federación de Promotores de Edificación y Suelo de Galicia.

2. Actuará como secretario/a del jurado la persona titular de la Secretaría General del IGVS.

Sexta. Funcionamiento del jurado

1. El jurado ajustará su funcionamiento a lo señalado en estas bases y a lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

2. Las reuniones del jurado se celebrarán en las fechas señaladas por su presidencia y tendrán lugar en la sede que el IGVS tiene en Santiago de Compostela.

3. Corresponde a la presidencia del jurado la interpretación de las presentes bases, así como la resolución de aquellos aspectos no determinados en las mismas.

Séptima. Deliberaciones y decisión del jurado

1. En las candidaturas a los premios de arquitectura, rehabilitación y especial de sostenibilidad 2018, el jurado podrá realizar una selección previa de proyectos finalistas, entre los que se elegirá un único proyecto ganador para cada una de las modalidades de los premios. Asimismo, el jurado podrá hacer menciones honoríficas, sin dotación económica, a aquellas actuaciones que aprecie como merecedoras de un especial reconocimiento.

2. Las decisiones del jurado se tomarán por mayoría de los presentes en la deliberación y, en caso de empate, decidirá el voto de calidad de su presidencia.

3. El jurado podrá declarar desiertos los premios si considera que las obras presentadas no reúnen el mérito necesario para obtener la distinción.

4. El jurado emitirá su decisión, con mención a los valores de los proyectos galardonados que los hacen meritorios de la distinción recibida.

Octava. Difusión y publicidad

1. El IGVS podrá publicar en su página web los proyectos presentados y, en su caso, los seleccionados como finalistas por el jurado y, en todo caso, los galardonados.

2. Tras la decisión del jurado se darán a conocer los proyectos premiados y se hará entrega, en acto público, de los correspondientes galardones a las personas premiadas.

3. El IGVS dará la correspondiente publicidad, tanto a las personas galardonadas como a los proyectos premiados, pudiendo, a tal efecto, utilizar el material aportado con la propuesta de candidatura, así como proceder a su divulgación a través de las publicaciones, exposiciones, conferencias o cualquier otra actuación que estime oportuna.

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