Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Talleres Metálicos Acebrón, S.L.
Domicilio social: polígono de Pena Porreira, P-A8, 15320 As Pontes de García Rodríguez.
Denominación: proyecto de LMTS, CS prefabricado y CT de 400 kVA para suministro a taller de mecanizados.
Situación: polígono de Pena Porreira, P-A8, 15320 As Pontes de García Rodríguez.
Características técnicas:
Línea de media tensión subterránea, con inicio y fin en la línea de distribución en el PAS del apoyo número 24, después de entrar y salir en el CS proyectado, conductor RHZ1 2OL 12/20 kV 3 (1×240 mm2) Al, longitud 15 m.
Centro de seccionamiento en edificio prefabricado. Celdas prefabricadas de entrada, salida y derivación con interruptores seccionadores y una protección (24 kV, 400 A, 16 kA).
En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.
Esta autorización se otorga sen perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra el presente acuerdo, que no es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 112, 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
A Coruña, 7 de marzo de 2018
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña