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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Jueves, 5 de abril de 2018 Pág. 18789

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se regula y se convoca para el año 2018 el programa de ayudas para la participación en el programa Conecta con Galicia dirigido a jóvenes de origen gallego o descendientes de personas emigrantes gallegas y que residan en el exterior (PR930A).

BDNS (Identif.): 392238.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de este programa los jóvenes que cumplan los requisitos señalados en el artículo 3 de la resolución.

Segundo. Objeto

El objeto de la resolución es regular las ayudas correspondientes al programa Conecta con Galicia para el año 2018, que tiene por finalidad facilitar a la juventud de la Galicia exterior el contacto con la realidad gallega y el encuentro con sus familiares.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se regula y se convoca para el año 2018 el programa de ayudas para la participación en el programa Conecta con Galicia dirigido a jóvenes de origen gallego o descendientes de personas emigrantes gallegas y que residan en el exterior (PR930A).

Cuarto. Importe

Las subvenciones del presente programa tienen la consideración de ayudas en especie y, consecuentemente, no suponen contabilización del gasto. Los servicios que se prestan a las personas participantes en este programa serán objeto de licitación de acuerdo con la normativa de contratos del sector público.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2018

Antonio Rodríguez Miranda
Secretario general de la Emigración