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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Martes, 3 de abril de 2018 Pág. 18303

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 15 de marzo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento del sector minero gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2018 (código de procedimiento IN315A).

BDNS (Identif.): 390398.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Entidades sin ánimo de lucro con representación en el sector minero gallego, cuyo objeto esté relacionado con la minería y que desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Objeto

Regulación de las bases para la concesión de las ayudas de la Consellería de Economía, Empleo e Industria dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para impulsar la realización de acciones que contribuyan a mejorar las prácticas preventivas y ambientales del sector minero gallego, la transferencia de conocimiento, el aprovechamiento racional y eficiente de los recursos minerales, la investigación e innovación en su aprovechamiento, así como la divulgación y promoción de dicho sector.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 15 de marzo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento del sector minero gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2018 (código de procedimiento IN315A).

Cuarto. Cuantía

La dotación presupuestaria es de 889.642,30 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el DOG hasta el día correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación, ambos inclusive.

Santiago de Compostela, 15 de marzo de 2018

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria