Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miércoles, 21 de marzo de 2018 Pág. 16696

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 1 de marzo de 2018 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/56/2013-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 13 de febrero de 2018, resolución en la que se declaran ilegalizables las obras consistentes en la instalación de un conjunto con las características propias de un uso residencial, aunque sea ocasional o de fin de semana, sin vinculación a una explotación agrícola o ganadera, formado por una caseta prefabricada elevada sobre el terreno mediante unas losas de hormigón, una plataforma de madera, que cuenta con escaleras de aceso de madera y que también esta elevada sobre el terreno a la misma altura que la caseta prefabricada y una pérgola, en la que hay mobiliario, en el lugar de Curro de Rei, parroquia de Triabá, en el término municipal de Castro de Rei, provincia de Lugo, por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico, y se ordena su demolición.

Al no haberse podido realizar la notificación personal de aquella resolución a Ana María Veiga Cabana, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a la interesada dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercen su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 1 de marzo de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística