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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 20 de marzo de 2018 Pág. 16361

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (PO 22/2016).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 22/2016 de este juzgado de lo social, seguido por instancia de Juan Jose Meizoso Félix contra Segur Ibérica, S.A., Fogasa, Consorcio Landwell-Pricewaterhousecoopers Tax and Legal Services (admon.) sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: PO. Reclamación cantidad nº 22/2016.

Demandante: Juan José Meizoso Félix.

Letrada: Sra. Acuña Vecino.

Demandados: Segur Ibérica, S.A.

Letrado:

– Administración concursal de Segur Ibérica, S.A.: Consorcio Landwell-Procewaterhourse Tax and Legal Services: no comparece.

Fogasa.

Letrado:

Sentencia número 93/2018.

A Coruña, 22 de febrero de 2018.

Fallo.

– Estimo la demanda formulada por Julio Joel Balbuena Zarzuela frente a Limperhostel, S.L. y, en consecuencia, condeno a ésta a abonar al primero la suma de 1.552,20 euros en concepto de deuda salarial y fin de contrato así como el interés del artículo 29.3 del ET.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella no cabe recurso alguno.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Firmado. Javier López Cotelo.

Publicada en el día de su fecha.

Firmado. Marta Yanguas del Valle».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Segur Ibérica, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 22 de febrero de 2018

La letrada de la Administración de justicia