El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en sesión de fecha 5 de septiembre de 2017, acordó iniciar los trámites para la clasificación como vecinal en mano común del monte con las características que a continuación se relacionan:
Nome del monte: O Pilo.
Superficie: 1,09 ha.
Pertenencia: CMMVVMC de Tamicelas, O Castro y Naveaus.
Parroquia: O Castro de Laza (San Pedro).
Municipio: Laza.
Descripción de las parcelas que constituyen el monte:
Los terrenos objeto de la solicitud constituyen un único coto redondo formado por una parte de la parcela catastral siguiente:
Municipio |
Polígono |
Parcela |
Referencia catastral |
Superficie catastral |
Sup. clasificación |
Uso principal |
Laza |
82 |
167 |
32040A082001670000FR |
11.168 m2 |
1,09 ha |
agrario |
Se entiende que los terrenos objeto de la clasificación son los correspondientes a esta parcela catastral, excluyendo la superficie que se define por la línea poligonal resultante de unir los seis vértices con las coordenadas UTM que figuran en el plano presentado con la solicitud.
Límites:
a) Perímetro exterior:
Norte:
Municipio |
Polígono |
Parcela |
Observaciones |
Laza |
80 |
9002 |
camino |
Este:
Municipio |
Polígono |
Parcela |
Observaciones |
Laza |
80 |
9002 |
camino |
Sur (parcelas catastrales enumeradas de este a oeste):
Municipio |
Polígono |
Parcela |
Observaciones |
Laza |
82 |
9005 |
camino |
167 |
resto de la parcela |
||
9003 |
camino |
En la solicitud figura como parcela colindante la parcela 71 del polígono 16. En la sede electrónica del Catastro no figura ninguna parcela con estos datos. Probablemente se refiere a la construcción con la referencia catastral 001607100PG26B0001PM. No obstante, según la planimetría y coordenadas UTM de los vértices que figuran en la misma, no sería límite ya que existe una porción de terreno entre esta y el monte para el cual se solicita la clasificación.
Oeste (parcelas catastrales enumeradas de sur a norte):
Municipio |
Polígono |
Parcela |
Laza |
82 |
166 |
165 |
||
164 |
||
163 |
||
162 |
b) Perímetro interior (enclavados): no existen.
Lo que se pone en conocimiento de todos los interesados indicándoles que se abre un período de un mes para que puedan examinar el expediente y efectuar las alegaciones que estimen convenientes, así como aportar los documentos o informaciones que juzguen oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.
Ourense, 28 de febrero de 2018
Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasifcación de Montes
Vecinales en Mano Común de Ourense