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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Miércoles, 14 de marzo de 2018 Pág. 15378

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Pontevedra

ANUNCIO de licitación pública para la contratación de la concesión de la obra pública para la reforma, mejora, ampliación y explotación del complejo deportivo (piscina municipal) de Campolongo, en el ayuntamiento de Pontevedra.

1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Pontevedra, Michelena, nº 30, 36071 Pontevedra. Teléfono: 986 80 43 29. contratacion.obras@pontevedra.eu - www.pontevedra.gal. Órgano de contratación: Junta de Gobierno Local. Código NUTS: ES114.

2. Obtención de la documentación e información: Servizo de Contratación. Teléfono: 986 80 43 29. Fax 886 21 28 43. www.pontevedra.gal - http://sede.pontevedra.gal

3. Objeto: concesión de la obra pública para la reforma, mejora, ampliación e explotación del complejo deportivo (piscina municipal) de Campolongo, en el municipio de Pontevedra. Plazo ejecución: 20 años. Prórroga: no.

4. Revisión precios: sí. Variantes: no.

5. Códigos CPV08: 45212200-8, 45212290-5, 45242100-6, 92610000-0.

6. Acreditación solvencias económica y técnica: cláusula 28.2 del PCAP.

7. Procedimiento y forma de adjudicación: abierto con pluralidad de criterios. Regulación armonizada.

8. Valor estimado: 29.005.372,82 €, IVA excluido. Presupuesto base de licitación: 1.000.000 € (aportación máxima municipal a la ejecución de las obras). Cláusula 7 del PCAP.

9. Garantías: provisional: no. Definitiva: 5 % del importe de la inversión (145.000 €).

10. Presentación de ofertas: cláusulas 17, 18 y 19 del PCAP. Lugar: Oficina de Asistencia al Registro del Ayuntamiento de Pontevedra.

11. Criterios de adjudicación y apertura de las ofertas: según lo establecido en el pliego. Apertura, cláusula 26 del PCAP. Criterios: cláusulas 21 y 22.

– Criterios dependientes de juicio de valor: proyecto de gestión y explotación (hasta 35 puntos) y ofertas en el anteproyecto de la obra (hasta 10 puntos).

– Criterios evaluables automáticamente por aplicación de fórmulas: reducción de tarifas (hasta 20 puntos); mayor reducción aportación municipal a la financiación (hasta 25 puntos); mayor canon anual a aportar al Ayuntamiento (hasta 10 puntos).

12. Según lo establecido en los artículos 40 y ss. del TRLCSP, cabe la posibilidad de interposición del recurso especial contemplado en los artículos mencionados.

Pontevedra, 7 de marzo de 2018

El alcalde
P.D. (Resolución de 21.4.2017)
Raimundo González Carballo
Concejal del Área de Contratación y Hacienda