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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Jueves, 22 de febrero de 2018 Pág. 11238

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4610/2017).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 4610/2017MRA

Juzgado de origen/autos: despido/ceses en general 836/2016 Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña

Recurrente: Rubén Correa Astray

Abogado: Laureano Costoya Meijide

Recurridos: Fogasa, Inversiones e Importaciones Atlánticas, S.L.

Abogado/a: letrado del Fogasa

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 4610/2017 seguido a instancia de Rubén Correa Astray contra Fogasa, Inversiones e Importaciones Atlánticas, S.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos:

Estimamos el recurso de suplicación interpuesto por el letrado Laureano Costoya Meijide, en nombre y representación de Rubén Correa Astray, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, de 7 de abril de 2017, en autos nº 836/2016, que revocamos en el sentido de condenar a Inversiones e Importaciones Atlánticas, S.L., al pago de los salarios de tramitación correspondientes al período 26 de julio de 2016/7 de abril de 2017, por importe diario de treinta y nueve euros con cincuenta y cinco céntimos (39,55 €/día).

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Inversiones e Importaciones Atlánticas, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 22 de enero de 2018

La letrada de la Administración de justicia