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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Jueves, 22 de febrero de 2018 Pág. 11267

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2018, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Miño (expediente IN407A 2017/153-1).

Expediente: IN407A 2017/153-1.

Promotora: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo LMT calle Raxel, nº 18. Pistas polideportivas.

Ayuntamiento: Miño.

Hechos.

1. El 6 de octubre de 2017, el promotor solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG nº 228, de 30 de noviembre de 2017, y en el BOP nº 217, de 15 de noviembre.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. El promotor manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas.

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Retensado tramo línea eléctrica de media tensión aérea PED-705 (entre apoyos nº 28 y nº 28/1), a 15 kV, con una longitud de 173 m, con origen en el apoyo nº 28 existente de la LMT PED-705 (expediente 33.232), en el tramo entre la derivada al CT Bra viviendas sociales (expediente 349/05) y la derivada al CT grupo escolar (expediente 553/06), conductor tipo LA-110 mm2 AI (existente), y final en el apoyo nº 28/1 proyectado a intercalar en la LMT PED-705, en el tramo entre la derivada al CT Bra viviendas sociales y la derivada al CT grupo escolar.

– Línea de media tensión subterránea, a 15 kV, con una longitud de 206 m, con origen en el paso de aéreo a subterráneo a realizar en el apoyo nº 28/1 a intercalar en la LMT PED-705, en el tramo entre la derivada al CT Bra viviendas sociales y la derivada al CT grupo escolar, en conductor tipo RHZ1-2OL-12/20 kV 1×240 mm2 AI, y final en empalmes proyectados con la LMT subterránea PED-705, en el tramo entre la derivada al CT Bra viviendas sociales y la derivada al CT grupo escolar.

El presupuesto de la instalación según el proyecto es de 30.333 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar, ante esta jefatura territorial, una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que fueran de aplicación según la legislación vigente, en especial la relativa a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 29 de enero de 2018

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña