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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 19 de febrero de 2018 Pág. 10783

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 25 de enero de 2018 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 17 de julio de 2015, recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística OUR/62/2014-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 8 de noviembre de 2017, resolución por la que se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 17.7.2015, recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística OUR/62/2014-RP1, por la que se declaraban ilegalizables las obras de construcción de una vivienda unifamiliar, de un garaje y de una parrilla-chimenea, en el lugar de Vilar, San Pedro da Torre, en el término municipal de Padrenda, provincia de Ourense, por ser incompatibles con el ordenamiento jurídico, confirmando, en consecuencia, la resolución recurrida.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a José Aurelio Fernández Riveira y Dolores Vázquez Estévez, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 25 de enero de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística